Transporte de pasajeros: cualquier vehículo con seguro y VTV podrá prestar servicios
La reglamentación se publicó este martes en el Boletín Oficial. La medida establece que los transportistas y empresas podrán fijar los precios, horarios, los recorridos y la duración de los servicios. Desde mañana deberán registrarse.
El gobierno de Javier Milei flexibilizó la normativa para el Transporte Automotor de Pasajeros para trayectos de larga y media distancia. Esta medida fue publicada en el Boletín Oficial este martes a través de la Resolución Nº 57/2024, promovida por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía junto con el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Desde el Ejecutivo aseguran que la nueva normativa tiene como objetivo influir positivamente en los servicios de transporte de pasajeros, fomentando la competitividad en el sector, simplificando los procesos administrativos y centralizando los procedimientos en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP).
Concretamente, los transportistas y empresas podrán fijar libremente los precios, horarios, recorridos y duración de los servicios.
El ministro de Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger explicó la medida en su cuenta oficial de X, donde señaló que "cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo, dando sentido práctico a la desregulación que habíamos establecido con el Decreto 883/24. Simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer."
Cómo será la aplicación
Desde este miércoles 11, los transportistas se podrán registrar a través de la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información "relevante y actualizada de los servicios". Según indicó la Secretaría de Transporte, que encabeza Franco Mogetta, "se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) brindando mayor comodidad y transparencia".
Por otro lado, los vehículos tienen la posibilidad de comenzar o terminar su viaje y realizar paradas en cualquier terminal. Asimismo, se enfatizó que continúan vigentes las normativas de seguridad vial, así como las de seguridad, higiene y accesibilidad adecuadas para cada clase y tipo de vehículo. Además, los autobuses deben someterse a la inspección técnica vehicular. La desregulación del sector entró en vigor a principios de octubre a través del decreto 883.
Desregulación de micros de larga distancia
Con la nueva reglamentación para el sector, se ha establecido el Registro Nacional del Transporte de Pasajeros (RNTAP), accesible al público de forma gratuita y en línea. En este registro se debe informar sobre la capacidad de transporte, especificar el tipo de vehículo, la cantidad de asientos, los seguros contratados, la lista de conductores asignados, así como los datos de sus licencias de conducir, la frecuencia de los servicios ofrecidos, el punto de partida, las paradas intermedias y el destino final del viaje.
Los transportistas deberán completar los siguientes datos en el RNTAP:
"Una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar", remarcaron desde el Gobierno. No se podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.
Para aquellos transportistas que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta 60 días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar, según la normativa vigente.
Cuáles son los cambios en los servicios de micros de larga distancia
Después de los cambios implementados por el Gobierno, los transportistas y empresas tendrán la libertad de establecer los precios, horarios, rutas, itinerarios, modalidades y duración de los servicios.
La medida busca generar "una mayor oferta y competencia de precios, con beneficios tanto para el pasajero como para empresas y transportistas".