Escala la disputa entre el concejal Gutierrez y Capital por su dieta
Mientras que la municipalidad entiende que existe una incompatibilidad porque Gustavo Gutierrez recibe también una jubilación, el edil niega ese impedimento, por lo que siguió cobrando ambos haberes. Capital le suspendió el pago de su sueldo y pidió que devuelva lo que ya recibió.
El conflicto sobre el "doble cobro" del concejal Gustavo Gutiérrez (CC) con la Ciudad de Mendoza ha escalado. La municipalidad ha exigido que el concejal devuelva los pagos recibidos hasta la fecha y suspenda su pensión jubilatoria debido a incompatibilidades.
La municipalidad ya había suspendido el pago de su dieta al concejal y ahora le ha exigido que devuelva lo percibido durante el año en curso.
Cuando se le consultó anteriormente, Gutiérrez afirmó: "Soy jubilado, tengo 72 años y 40 años de contribuciones. Me he asesorado legalmente y no hay ninguna incompatibilidad".
De acuerdo a lo que cuenta hoy el diario Mendoza Post, la municipalidad sostiene que sí existe una incompatibilidad y, por ello, suspendió el pago de su dieta y recientemente ha solicitado la devolución de los fondos recibidos como dieta de concejal, ya que durante el mismo período también recibió su jubilación.
La Resolución indica que:
" Emplácese al concejal Gustavo. E. GUTIÉRREZ, (...) que en el plazo de diez (10) días hábiles de notificado, suspenda el beneficio previsional que posee, y proceda a la devolución de las sumas percibidas en concepto de remuneraciones efectivamente pagadas por la Municipalidad desde que asumió en el cargo de CONCEJAL, y hasta la fecha del pedido de suspensión del beneficio previsional, con más un interés equivalente al que se consigna en el Código Tributario Municipal por los conceptos de mora para con la Dirección de Rentas, quedando en caso de inobservancia de lo expuesto, expedita la vía judicial a fin de perseguir su cobro por la vía de apremio, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes", detalló el municipio en la Resolución 54/24.
Entre algunos de los argumentos, la comuna se vale de la Ley N°6.921 que dice que: "Aquellas personas que a la fecha de sanción de la presente ley gozan de beneficios jubilatorios acordados y se encuentran prestando servicios en el ámbito de la Administración Pública Provincial centralizada, descentralizada, entes autárquicos y/ o cualquier otra repartición perteneciente a la administración pública, cesarán en sus funciones. Asimismo, en adelante, ninguna persona que goza de beneficios jubilatorios podrá desempeñar actividades cargos rentados en el ámbito descripto".
Por otro lado, merece una mención especial -no incluida en la resolución de la Municipalidad- la Declaración Jurada de Gutiérrez de diciembre de 2023, cuando asumió como concejal.
Gutiérrez afirmó que no percibía pensiones jubilatorias. No obstante, el Post consultó con fuentes de Anses, quienes confirmaron que el concejal "comenzó a recibir pagos en mayo de 2022".
A pesar de declarar que no percibía pensiones jubilatorias, registros indican que ya estaba recibiendo pagos un año y medio antes.
En este marco, la Ley de Ética Pública de Mendoza, Ley N°8993 asegura que: "La declaración jurada patrimonial debe contener una nómina detallada de todos los bienes, créditos, deudas e ingresos, tanto en el país como en el extranjero, propios y gananciales, del declarante, de su cónyuge o conviviente, de sus hijos menores de edad emancipados".
Y, en ese marco, añade un inciso en el que puntualiza que también se deben declarar "Ingresos netos anuales percibidos, derivados de sistemas previsionales".
En cuanto a las sanciones, la norma detalla que "la falta de cumplimiento de lo dispuesto en el presente Capítulo configurará una infracción que será sancionada por la Autoridad de Aplicación con multa, la cual atendiendo la gravedad del caso será establecida por un monto equivalente como mínimo al diez por ciento (10%) y como máximo al veinticinco por ciento (25%) de la remuneración bruta mensual del Gobernador/a de la Provincia de Mendoza".
El Post se comunicó con la oficina de Ética Pública de la provincia, la cual especificó que "no se ha presentado ninguna denuncia" respecto al caso. Dicha oficina interviene únicamente cuando existe una denuncia previa.
Actualmente, la municipalidad ha optado por una resolución interna. Sin embargo, dicha resolución señala que, si el concejal no procede con la reducción de su pensión jubilatoria y la restitución de lo percibido, el asunto podría escalar a una instancia judicial.