Boletín Oficial

El Estado ya no está obligado a contratar servicios de empresas públicas

Por decreto, el gobierno nacional dejó sin efecto la obligación de tomar los servicios de Banco Nación, YPF, Aerolíneas, Optar y Nación Seguros dentro del Estado.

El Gobierno le puso fin a la obligación de contratar los servicios del Banco de la Nación Argentina (BNA), YPF, Aerolíneas Argentinas, la operadora de servicios turísticos y aéreos Optar y Nación Seguros que tenían las reparticiones del sector público, en un avance de las normas de desregulación anunciadas en diciembre de 2023 mediante el DNU 70.

La medida se dispuso a través del decreto 747/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

El ex presidente Alberto Fernández había promulgado un decreto que obligaba a los ministerios y otros organismos del Estado a contratar pólizas de seguros otorgadas por Nación Seguros. Por esta normativa, se detectaron irregularidades en contrataciones de seguros y Fernández es investigado.

En los considerandos de la normativa, se recordó que el DNU 70/23, en su artículo 50, establece que "las empresas en las que el Estado Nacional sea parte accionista no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público ni podrá el mismo disponer ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga".

"La compulsa de diferentes ofertas para la adquisición de bienes o la prestación de servicios aumenta las posibilidades de obtener aquella que sea más conveniente para satisfacer las necesidades del Estado Nacional", se agregó.

Las normativas que quedaron sin efecto

De la cita de las normas derogadas se desprende que la única dispuesta durante la gestión de Fernández fue el decreto 823/21, que estableció la obligación a las reparticiones públicas de "implementar la contratación de las pólizas de seguros que requieran en el ejercicio de su gestión a través de Nación Seguros S.A. en todas las ramas en que esa institución opera".

Los otros tres decretos derogados datan de 2012, cuando transcurría la segunda Presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, y todos fueron publicados en la misma edición del Boletín Oficial, el 19 de julio de ese año.

El decreto 1187/12 determinó la obligación de implementar el pago de haberes al personal de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional mediante el Banco de la Nación Argentina.

El 1189 estableció la obligación de "contratar con YPF Sociedad Anónima la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales".

Por último, el decreto 1191/12 fijó la obligación a las áreas del Estado nacional de "utilizar los servicios de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima, de Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y de Optar Sociedad Anónima para la compra de pasajes que requieran para el traslado por vía aérea, tanto dentro como fuera del país, de sus funcionarios, empleados o asesores contratados bajo cualquier modalidad, o de terceros cuyos traslados financiaran".

Ahora, todas estas normativas quedaron sin efecto.

En el decreto que publicó hoy el Gobierno en el Boletín Oficial, también se derogan los incisos g y h del artículo 80 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el decreto 1030/16.

En esa norma, se estableció la excepción de presentar garantías cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional, o cuando se trate de un organismo provincial, municipal.

Para el gobierno, la razón de la derogación de ese decreto obedeció a que representaba "una ventaja" para las empresas públicas en detrimento de las privadas.

bae

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