Normativa

Declaran "secreto militar" a una serie de compras de Petri en Defensa

Además, el Ministerio de Defensa aprobó el gasto y la forma de pago de los aviones comprados en Dinamarca y que vienen a reforzar el sistema de vigilancia y defensa territorial.

Mediante Decreto 370/2024 el presidente de la Nación, Javier Milei y el ministro de Defensa, Luis Petri, declararon "secreto militar" en los términos del vigente Decreto N° 9390/63 "a la operación contractual que tramita bajo el Expediente N° EX-2024-05198131-APN-DGPPYP#FAA".

De acuerdo a lo que pudo recabar Memo, se trataría de material de control radarizado del territorio nacional, tanto continental como marítimo, y que tiene que ver con la defensa y seguridad nacional.

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Este material, podría ser el complementario a la compra de los 24 aviones F16 que gestionó el propio Petri con la cúpula militar en Dinamarca, recientemente.

De hecho, la norma difundida hoy da cuenta de que la República Argentina "requiere, por su gran extensión territorial y litoral marítimo, un Sistema de Defensa Nacional con capacidad de reacción inmediata y alcance suficiente para la reacción ante amenazas que se desplacen por el aeroespacio".

La norma difundida hoy por el gobierno nacional señala en su fundamentación que "una vez declarado el secreto militar de la referida operación contractual, el organismo contratante deberá seguir el trámite pertinente, estando exceptuado del cumplimiento de las disposiciones relativas a la publicidad y difusión de todas las actuaciones del proceso".

¿Qué es el 'secreto militar'?

El Decreto N 9390/63, que es el que rige en la actualidad y reglamenta los artículos 222 y 223 del Código Penal, lo define como "toda noticia, informe, material, proyecto, obra, hecho, asunto, que deba, en interés de la seguridad nacional y de sus medios de defensa, ser conocidos solamente por personas autorizadas y mantenido fuera del conocimiento de cualquier otra".

¿Qué alcances tiene?

La definición del decreto es bastante amplia. Cada cuestión es definida a través de un acto clasificatorio que debe estar comprendido dentro de las disposiciones de la ley.

¿Quién define qué es secreto militar?

Debe haber un acto clasificatorio. En el caso del material comprado para la Fuerza Aérea, es el Ministerio de Defensa junto al Presidente son los que tienen autoridad para clasificar.

¿Qué penas están previstas en caso de violación del secreto?

Puede ser reprimido por reclusión o prisión de 1 a 6 años. Si la revelación fuera cometida por un militar, el mínimo es de 3 y el máximo de 10 años.

El gasto en los aviones comprados en Dinamarca

En tanto, con la firma de Nicolás Posse y el mendocino Petri, hoy también se oficializó la Decisión Administrativa 252/2024 que aprueba "el gasto derivado del Contrato entre el Ministerio de Defensa y la Organización de Adquisiciones y Logística del Ministerio de Defensa danés para la adquisición del Sistema de Armas F-16, el que incluye 16 aeronaves Monoplazas, 8 aeronaves Biplazas, componentes y servicios, por un monto total de USD 301.200.000 a pagar en 5 cuotas anuales.

El texto completo del Decreto de "secreto militar" es el siguiente

MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 370/2024

DECTO-2024-370-APN-PTE - Declárase Secreto Militar.

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-05198131-APN-DGPPYP#FAA, las Leyes Nros. 23.554 y 24.948 y sus modificatorias y el Decreto N° 9390 del 11 de octubre de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 2° de la Ley N° 23.554 se determina que la Defensa Nacional es la integración y acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación para la solución de aquellos conflictos que requieran el empleo de las Fuerzas Armadas, en forma disuasiva o efectiva, para enfrentar las agresiones de origen externo.

Que, asimismo, el citado artículo prevé que la Defensa Nacional tiene por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación, proteger la vida y la libertad de sus habitantes.

Que la Ley N° 24.948 y su modificatoria establece que es responsabilidad del MINISTERIO DE DEFENSA evaluar y decidir sobre los requerimientos para el equipamiento de las fuerzas que mejor contribuyan a las capacidades operativas necesarias para el logro conjunto de los objetivos de la Defensa Nacional.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA requiere, por su gran extensión territorial y litoral marítimo, un SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL con capacidad de reacción inmediata y alcance suficiente para la reacción ante amenazas que se desplacen por el aeroespacio.

Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha iniciado un proceso de adquisición de material que tiene carácter de Secreto Militar conforme lo establecido por el Decreto N° 9390/63.

Que, en consecuencia, toda vez que la mencionada contratación compromete a la DEFENSA NACIONAL, procede declararla amparada por el SECRETO MILITAR de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 9390/63.

Que una vez declarado el SECRETO MILITAR de la referida operación contractual, el organismo contratante deberá seguir el trámite pertinente, estando exceptuado del cumplimiento de las disposiciones relativas a la publicidad y difusión de todas las actuaciones del proceso.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase SECRETO MILITAR en los términos del Decreto N° 9390/63 a la operación contractual que tramita bajo el Expediente N° EX-2024-05198131-APN-DGPPYP#FAA.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA a instrumentar los actos conducentes y necesarios para efectivizar el objeto de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Luis Petri

e. 29/04/2024 N° 24909/24 v. 29/04/2024

Fecha de publicación 29/04/2024

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