Impuestos

La Afip vigilará tus compras si superan los $191.000

La RG 4444/2019, de 2019, determinaba la implementación de montos máximos para que los supermercados informen los datos de los compradores.

La AFIP actualizó los montos a partir de los cuales los supermercados deben informar los datos de los contribuyentes, cuando las compras superen ese límite.

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Desde el 15 de enero de 2024 se actualizó el importe de facturación a consumidor final para identificar en las facturas por aplicación de la actualización establecida en el RG 4444/19.

Ahora, las compras con medios eléctronicos de pago que deberán informar los supermercados pasan de $92.720 a $191.624. En tanto, cuando la compra se efectúe a través de efectivo o medios de pago no electrónicos, la suma pasa de $46.360 a $95.812.

De esta manera, cuando un consumidor final efectúe una compra con tarjetas, transferencias bancarias, cuentas corriente, cheques, etc, se considerará como medios de pago electrónicos. Sin embargo, cuando no se utilicen estos medios electrónicos, se considerará como operaciones de contado.

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