Aumentaron el piso a las compras con tarjetas sin necesidad de reportar a la AFIP
La Resolución fue actualizada y algunos montos pasaron de $30 mil a $120 mil.
La AFIP incrementó el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos realizados con tarjetas y billeteras virtuales.
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De esta manera, los montos pasan de $30 mil a $120 mil, el mínimo, mientras que la Resolución General llevó de $90 mil a $200 mil la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
Esto significa que las compras que se realicen con compra de débito, de una sola cuota, que supere los $120 mil debe ser reportado a la Afip.
La última actualización había sido en 2022 y la nueva resolución aplica desde el 1 de julio.
El régimen también aplica para las billeteras virtuales y cuando se trate de transferencias que superen o igualen los $400 mil.