Desde abril, el gobierno obliga a pagar IVA por los productos usados
La AFIP reglamentó que todos los productos nuevos o usados que se vendan a través de plataformas digitales como Marketplace serán agentes de retención de este impuesto.
A partir del 1 de abril, las plataformas digitales deberán retener IVA por la venta de cualquier tipo de producto ya sea nuevo o usado.
A través de la Resolución 5319/2023, la AFIP estableció "un régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de venta de cosas muebles no registrables nuevas y/o usadas, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios, concertadas y/o perfeccionadas electrónicamente a través de plataformas digitales.
Es decir, que si uno compra un producto usado, deberá pagar IVA sobre el producto por el que ya pagó IVA el primer dueño. Algo a todas vistas inconstitucional pero que AFIP reglamentó y obligará a las plataformas digitales a descontar el impuesto a partir del primer día de abril.
La normativa especifica que serán pasibles de pagar el impuesto todos los sujetos que vendan algo a través de cualquier plataforma digital, ya sea que estén inscriptos en AFIP o que no. En el caso de un vendedor no registrado en AFIP, deberá pagar el impuesto cuando se convierta en un "vendedor habitual".
Cuándo un vendedor es "habitual:
- Cuando hayan realizado diez o más operaciones y el monto sea iogual o superior a $200 mil.
- cuando durante 4 meses realicen al menos 4 operaciones mensuales y alcancen el monto de $200 mil.
- si se trata de cosas usadas, el monto mínimo se fija en $400 mil.
En cualquiera de estas categorías, además, se pagará IVA sobre cualquier venta igual o mayor a $2 mil.
La normativa, que tiene 5 anexos de cómo aplicar el impuesto, obliga a las plataformas como MercadoLibre, Cabify, Despegar, y hasta Marketplace a convertirse en agentes de percepción.