Aprobaron en Diputados el programa "Mendoza Activa 4": las claves del plan
Tiene media sanción y ahora resta que sea debatido en el Senado, donde no habría resistencia.
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto "Mendoza Activa Eficiencia", también conocido como "Mendoza Activa 4", que propone incentivar las inversiones que tengan como destino la generación de empleo y la producción y comercialización de productos y servicios locales.
Esta etapa de Mendoza activa se destinará a "acelerar la reactivación de las actividades económicas" que se relacionen con eficiencia energética, eficiencia de riego y eficiencia hídrica, y aquellas actividades de sectores relacionados. En el proyecto se plantean inversiones por $9.500 millones.
Este pograma reintegrará a los beneficiarios el 40% de la inversión realizada, neta de IVA, a través de dinero en efectivo, tarjeta de consumo o billetera electrónica, y crédito fiscal, en relación a las siguientes actividades:
-eficiencia energética;
-ciencia y tecnología;
-desarrollo agrícola;
-maquinaria agrícola;
-defensa agrícola;
-eficiencia agrícola;
-ganadería;
-proyectos integrales con finalidad ganadera agrícola, industrial y otros;
-atracción de inversiones que tengan por objeto los puntos anteriores;
-eficiencia hídrica e industria, parques industriales y equipamiento industrial.
Asimismo, incluye el Plus Activa, que consiste en un plus de crédito fiscal en concepto de estímulo luego de haber realizado las inversiones. Este plus será de hasta un 10% cuando genere empleo de plazo indeterminado a través de los programas de empleo provincial para las líneas mencionadas; hasta el 5% cuando los postulantes tengan en sus órganos de gobierno una proporción mayoritariamente femenina; y hasta el 5% cuando hayan utilizado componentes de origen mendocino.
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"En todos los casos la sumatoria del Plus Activa no podrá superar el 10% de la inversión efectivamente realizada, neta de IVA para beneficiarios o beneficiarias que revistan la calidad de responsables inscriptos", dice el proyecto de ley que deberá tratarse en el Senado.
Podrán ser beneficiarios aquellas personas humanas y jurídicas con o sin fines de lucro, que no superen los límites de facturación y cantidad de empleados establecidos por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación, para encuadrar en los topes de la categoría para ser MiPyme.
Otro de los requisitos es que se encuentren inscriptas como contribuyentes en la provincia y desarrollen sus propuestas de inversión en esta jurisdicción. Para el caso de sociedades extranjeras y de otras jurisdicciones, deberán tener sucursal o sede radicada en la provincia o demostrar la iniciación del trámite de inscripción correspondiente.