El Estado, un hospital y un pediatra condenados por la muerte de una nena con síndrome de Down
La Justicia Federal rechazó el pedido de Apelación presentado por el estado y deberán indemnizar a los padres de la pequeña con una cifra millonaria.
El Estado provincial, el Hospital Militar y un médico pediatra fueron condenados a pagar una suma millonaria por la muerte de una nena de 8 años con síndrome de Down. Si bien el Estado apeló la medida, la Justicia Federal lo rechazó y ahora deberán pagarles a los padres de la víctima.
Una prepaga mendocina desafilió a un niño por ser trans
La causa comenzó en agosto de 2006 cuando María José Bauzá (8) concurrió con su madre al hospital Militar con un cuadro de broncoespasmo. En la consulta el pediatra Leandro Di Yacovo le diagnosticó laringitis, prescribió una inyectable, le dijo a la madre que podía irse a su casa, bajo la recomendación de que la niña respirara vapor de agua.
Un día después, la pequeña sufrió ahogos y estaba agitada, por lo que su padre llamó al pediatra y les dijo que la llevaran nuevamente al nosocomio. En el lugar fueron atendidos por el médico de guardia, quien le suministró oxígeno, pero el tubo perdía por lo que le aplicó una inyección.
Cuando Di Yacovo la vio confirmó que el cuadro había empeorado, que tenía los pulmones tomados y debía quedar internada esa noche.
En el hospital los profesionales no lograron conectar un saturador de oxígeno ya que no contaban con materiales eléctricos como un triple y una zapatilla, por lo que le pidieron al padre de María José que buscara su propia aerocámara.
Al ver la situación, y tras el consejo de los enfermeros, la madre insistió en trasladarla a otro centro asistencial porque observaba que en el lugar no estaban dadas las condiciones, pero la ambulancia del sector infantil no estaba disponible, por lo que debieron usar una común del hospital.
Mientras la trasladaban al Hospital Notti la niña murió de un paro cardiorrespiratorio, tras sufrir una crisis, los profesionales no pudieron conectar la manguera de oxígeno de la ambulancia con la mascarilla porque su extensión no llegaba hasta la boca y nariz de la pequeña y no lograron desatarla de la camilla.
La causa derivó en una causa penal y en una civil contra todos los responsables. El médico fue acusado de homicidio culposo, pero tras su fallecimiento, la Justicia decidió que la demanda civil continuara contra la familia del profesional.
Tras una exhaustiva investigación, la Justicia determinó la responsabilidad civil del médico que la atendió ya que la paciente debió ser internada en un centro especializado, con una terapia intensiva pediátrica adecuada.
Con respecto al Hospital Militar, consideraron que fue responsable por la defectuosa prestación del servicio médico, por carecer de los instrumentos o implementos necesarios para un adecuado tratamiento de la paciente.
Mientras que la condena al Estado Nacional recayó por considerar que participó de la elección de los directivos de los hospitales.
Si bien en noviembre del 2021 la Justicia Federal falló en favor a los padres de la menor y condenaron al Estado, Hospital Militar y familiares de Di Yacovo por daño moral, el Estado apeló la condena.
En los últimos días, nuevamente la Justicia falló a favor de los padres de la niña, Cecilia Inés Massironi y Florencio Enrique Bauzá, y ordenaron que la parte acusada les pague 2 millones de pesos a cada uno.
El monto fijado, para la Justicia, podría servir para que la pareja pueda emprender un viaje con su familia, cambiar su automotor, adquirir nuevos productos tecnológicos, remodelar su hogar, o realizar actividades distractorias que hagan más soportable su padecimiento.