Desaire

Este es el modelo de convenio que trajo Katopodis y que rechazan los intendentes

Los intendentes no peronistas decidieron no concurrir a la reunión de firma de acuerdos con el ministro de Obras Públicas de la Nación por ser genéricos y sin listado claro de obras.

Los intendentes radicales decidieron no concurrir a la convocatoria para firmar convenios y que se iba a realizar en el Museo del Vino de Maipú, seguido de un almuerzo.

El jefe comunal de Godoy Cruz, Tadeo García Zalazar, sostuvo que "cambiaron el lugar del acto que iba a ser en Casa de Gobierno y lo transformaron en un acto partidario". Además, destacó que los convenidos con la comunas no peronistas "no dicen nada".

El intendente de Guaymallén, en respuesta a la consulta de Memo, expresó: "¿Cómo voy a ir a una reunión a la que ni me han invitado?", lo que dejó abierto otro cuestionamiento en torno a la organización de la visita de la amplia delegación que acompaña a Katopodis en Mendoza.

Los convenios no traen anexos ni detalle de obras y son simples manifestaciones de intenciones. El texto de cada uno con las comunas de Cambia Mendoza es el siguiente:

ACTA ACUERDO DE COOPERACIÓN Y DESARROLLO DE OBRAENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN YLA MUNICIPALIDAD DE ... DE LA PROVINCIA DE MENDOZAEntre el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN, representado en esteacto por el Sr. Ministro, Dr. Gabriel Nicolás KATOPODIS, con domicilio legal en calleHipólito Yrigoyen N° 250, Piso 11, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, enadelante "EL MINISTERIO", por una parte, y la MUNICIPALIDAD DE ...,representada en este acto por el Sr. Intendente ... , con domicilioen la calle ... , Provincia deMENDOZA, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por la otra; conjuntamentedenominadas "LAS PARTES", acuerdan celebrar la presente ACTA ACUERDO DECOOPERACIÓN Y DESARROLLO DE OBRA para la ejecución de Proyectos deObras en la localidad de ..., Provincia de Mendoza, en adelante el "ACTAACUERDO", y 

CONSIDERANDO: 

Que tanto el Gobierno Nacional como el Municipal tienen por delante el compromiso yobligación de revertir las inequidades sociales, brindar condiciones dignas yequitativas para el desarrollo de todas las personas que conforman nuestra sociedad,así como también reactivar el aparato productivo que garantice, a través de losprincipios rectores de la justicia social, un país para todos y todas. 

Que en ese contexto, LAS PARTES comparten como objetivos el desarrollo deinfraestructuras sostenibles que permitan mejorar la calidad de vida de toda lapoblación, atender demandas insatisfechas y generar mejores condiciones para eltrabajo y la producción, en un contexto social, económico, ambiental armónico yrespetuoso de la paridad de géneros. 

Que, en tal sentido, tanto EL MINISTERIO como LA MUNICIPALIDAD entienden a lainfraestructura como una herramienta indispensable para alcanzar los mencionadosobjetivos, permitiendo el desarrollo sostenible de nuestro pueblo. 

Que la infraestructura debe ajustarse a los contextos locales, considerando laspreferencias y necesidades de la población; proporcionar servicios eficaces, eficientesy duraderos; ser generadora de fuentes trabajo local y dinamizadora de las economíasregionales; todo ello desarrollado en procesos transparentes, participativos yarmónicos con el medio ambiente. 

Que en ese entendimiento LAS PARTES propician el estudio y evaluación para eldesarrollo de aquellos Proyectos de Obras que LA MUNICIPALIDAD proponga a ELMINISTERIO, en el marco de los programas vigentes de la citada cartera ministerial,en adelante "LA OBRA". 

Que compartiendo LAS PARTES la necesidad planteada, entienden pertinenteacordar los términos marco para el desarrollo conjunto de los Proyectos de Obraspropiciados. 

Que por ello LAS PARTES acuerdan: 

CLÁUSULA PRIMERA: EL MINISTERIO y LA MUNICIPALIDAD se comprometen atrabajar conjuntamente, a través de sus áreas específicas, en el estudio y evaluaciónde LA OBRA en relación a su factibilidad técnica y económica. 

CLÁUSULA SEGUNDA: LA OBRA a desarrollar deberá contemplar procesostransparentes y participativos, ambientalmente sostenibles y respetuosos de lacuestión de género. 

CLÁUSULA TERCERA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a tramitar y obtener lospermisos y aprobaciones ambientales que resulten legalmente exigibles, para lamaterialización de la obra. Así como de la afectación del suelo y demás derechos ypermisos sobre aquel, que permita el emplazamiento y normal ejecución de lostrabajos. Correrán por su cuenta y cargo los costos en los que incurriese a talesefectos.Será considerado condición sine qua non para el otorgamiento de la eventualfactibilidad técnica y económica a que hace referencia la Cláusula Primera, el tener porcumplidos dichos requisitos. 

CLÁUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD remitirá, a solicitud de las áreas técnicascompetentes de EL MINISTERIO, toda documentación e información que le fuererequerida para el correcto estudio y evaluación de LA OBRA propiciada. 

CLÁUSULA QUINTA: LAS PARTES, a través de sus distintas dependencias concompetencia en la materia, suscribirán los Convenios Específicos que resultenpertinentes para el cumplimiento del objeto de la presente ACTA ACUERDO. 

En prueba de conformidad, LAS PARTES suscriben DOS (2) ejemplares de un mismotenor y a un solo efecto, en la ciudad de__________________________, a los___días del mes de____________________ de 2021. 

Dr. Gabriel Nicolás KATOPODISMinistro de Obras Públicasde la Nación 

Esta nota habla de: