¿Qué hacer cuando una persona cercana desaparece?

A raíz del reciente femicidio de Florencia Romano, Memo buscó refrescar de qué manera se debe proceder cuando una familiar o amigo no llega a casa y no puede ser ubicado. Aquí, el detalle de cómo proceder y la necesidad de un protocolo específico al respecto.

Como hacemos ya desde hace años cuando no sabemos algo, si ponemos en Google "qué hacer cuando una persona desaparece" inmediatamente nos lleva a la página del Ministerio de Seguridad de la Nación. Es que bajo su órbita funciona el Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas (Sifebu). En este link, el título detalla la respuesta a una pregunta bastante similar a la que pusimos en el buscador: ¿Qué tenés que hacer si no aparece un familiar? 

Es que internet también es una herramienta de servicio y si logramos hallar las fuentes correctas, como la señalada, descubriremos algo muy importante y que derriba un mito que lamentablemente aún pervive. "Si alguien de tu familia desaparece, hacé la denuncia de manera inmediata en la comisaría más cercana. No tenés que esperar que pase un tiempo mínimo, y la comisaría está obligada a tomar tu denuncia", remarca -con negrita en la celeridad- la primera línea que responde a la pregunta.

Así es que lo primero que hay que tener en claro es que no hace falta esperar 24 horas para hacer la denuncia cuando alguien cercano desaparece. Luego, siempre siguiendo la información oficial, los pasos son los siguientes:

-Brindá todos los datos que conozcas de la persona desaparecida, por más irrelevantes que parezcan.

-Llevá la foto más actualizada que tengas.

-Comunicate con su entorno cercano (amigos, compañeros de escuela o de trabajo, etc.) e informá sus datos a la autoridad a cargo de la investigación. Aquí, mientras más características y precisiones brindés de la persona, mejor. Desde cómo es físicamente hasta cómo iba vestido/a la última vez que se lo/la vio.

-No usés los teléfonos que la persona pueda saber de memoria, por si intenta llamar.

-Toda información que llegue a tu conocimiento, comunicala a la Policía o al fiscal del lugar (comisaría, fiscalía u oficina fiscal) en donde radicaste la denuncia que se caratula como "averiguación paradero".

-Si difundís la búsqueda en redes sociales, te recomendamos que sólo informés el teléfono de contacto de la comisaría interviniente o el que los investigadores te propongan. 

Por su parte, el abogado Fernando Peñaloza, querellante en delitos de Lesa Humanidad, reconoció que en este contexto y luego del llamado frustrado al 911 que se hizo en el caso de Florencia Romano, suena irónico sugerir a la gente que llame a ése número de emergencias pero es lo que hay que hacer.

"Cuando una persona desaparece de la rutina normal que tiene, no la encontrás en el teléfono ni en los lugares en los que debería estar y tenés una primera sospecha de que algo pudo haber pasado, lo primero es dar información al 911 inmediatamente. Aunque hoy parezca una burla decirlo, es de la manera que debería hacerse y desde allí articular para tener una respuesta rápida e inmediata", comenzó explicando Peñaloza.

Seguidamente, agregó el letrado que ha llevado casos emblemáticos en Mendoza (como el de Johana Chacón y Soledad Olivera), hay que acercarse a una fiscalía u oficina fiscal para dar la misma información que se brindó al 911. "Lo ideal es explicar allí que la persona debería haber llegado a tal lugar y no llegó, que llamás reiteradamente por teléfono y no atiende, que te contactás con sus personas cercanas y nadie sabe nada. Si esa rápida averiguación propia que podemos hacer nosotros mismos resulta infructífera, la fiscalía debería tomar la denuncia y actuar de inmediato", remarcó el especialista en Derechos Humanos.

En ese sentido, Peñaloza comentó que lamentablemente las fiscalías de Mendoza no tienen un protocolo específico que indique los pasos a seguir ante este tipo de denuncias. "Tanto las fiscalías como la Policía deberían tener protocolos muy claros. Si los tienen, no los aplican. Yo he seguido muchos casos en los que veo que no se aplica ningún protocolo, como el de Noelia Dávila; lo hacen como a ellos les parece, a su ritmo y con su manera. Creo que es una deuda pendiente", reflexionó Peñaloza.

Profundizando, el abogado recordó casos en los que justamente se ha sufrido las consecuencias de no tener un protocolo de actuación inmediata. "En el de Soledad Olivera, que no se actuó en el momento. Quizá si se hubiera actuado con celeridad y siguiendo ciertas reglas, la historia de esa mujer hubiera sido otra. Johana Chacón, parecido, y Viviana Luna también. Gisela Gutiérrez, ella misma hizo denuncias y nadie la abordó", dijo en tono de lamento.

Los buenos proyectos, duermen esperando aprobarse 

El exsenador provincial Víctor Da Vila (FIT) presentó en su momento un proyecto que ahora fue retomado por la senadora Cecilia Juri (PJ-FdT) y que justamente propone "Establecer los criterios de actuación para garantizar la inmediata recepción de denuncias e investigación de los hechos de desaparición de personas por motivos desconocidos en el territorio de la Provincia de Mendoza, y la creación del Registro Único de Personas Desaparecidas y de una línea telefónica de contacto asociada".

Si bien la iniciativa aún no ha sido tratada, viene al caso retomar algunos de sus argumentos. "Varias son las denuncias por la inacción o demora de la Policía y el Ministerio Público Fiscal frente a la desaparición de personas, principalmente de mujeres. La lenta reacción de la justicia, al no disponer la inmediata búsqueda del paradero de las personas desaparecidas ha puesto en riesgo la vida de esas personas en reiteradas ocasiones", señala la propuesta.

En una línea similar a lo más arriba analizado por Peñaloza, el proyecto de ley que motoriza Juri asegura que "A pesar de la existencia de protocolos nacionales (GUÍA PRÁCTICA PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS Procuraduría de la Nación) que señalan claramente la obligación de actuar con premura y celeridad frente a cualquier denuncia por desaparición de personas obligación pertinente tanto del fiscal de instrucción como del conjunto de los funcionarios judiciales-; que en dichas reglamentaciones se señala expresamente que si la persona buscada está siendo víctima de algún delito sin dudas las primeras horas serán cruciales; y a pesar de que no existe ninguna norma que exija el transcurso de 12, 24 ni 48 horas para poder empezar a trabajar en la búsqueda, en nuestras fuerzas de Seguridad y en la Justicia está instituido por ‘uso y costumbre' esperar un plazo de 48 horas antes de dar inicio a la búsqueda exhaustiva de las personas desaparecidas". 

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